Código de Procedimientos Administrativos Artículo 259 V Estado de Veracruz
Código de Procedimientos Administrativos Veracruz
Artículo 259 V.
La Secretaría podrá enajenar los bienes recibidos mediante dación en pago, mediante el procedimiento de subasta pública, de conformidad con lo siguiente:
I.La Secretaría publicará la lista de bienes a subastar;
II.El día y hora fijado para la subasta, el órgano competente de la Secretaría seguirá el orden progresivo de la relación de los bienes, y mediante voz alta se expresarán sus características y su precio base de venta; los asistentes podrán de viva voz ofrecer posturas superiores al precio base; en este caso, habrá intervalos razonables con el fin de mejorar las posturas.
Las proposiciones que presenten los interesados serán, cuando menos, las del precio base establecido en la convocatoria, incluidos los gastos debidamente justificados que se eroguen por la administración y venta de los bienes; en caso contrario, se descalificarán de plano;
III.A quien haya formulado la postura más alta se le adjudicará el bien subastado.
En el caso de que los bienes subastados no se adjudiquen, la Secretaría realizará un análisis de costo-beneficio, con la finalidad de efectuar una segunda subasta
Estado de Veracruz Artículo 259 V Código de Procedimientos Administrativos
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